miércoles, 10 de enero de 2007

Ratificación del Tratado de Paz y cooperación con el Estado de Hezpenya.



Siendo este tratado válido a partir del día 14/01/2007,

Majestades y Estimadas Autoridades de las Micronaciones Amigas:

Quisieramos informar a las micronaciones amigas del redactado de un tratado de paz y trato con República de Naiscenssé i Naixent: la republica de nascienssé en muy generoso acto de busqueda de paz, rogando a El Reino de Riboalte que lo envie a República de Naiscenssé i Naixent:

"-Nota todos los terminos de este tratado son absolutamente innegociables y no se puede cambiar ni una palabra, deben responderse por parte de República de Naiscenssé i Naixent: como limite a las 16 horas del dia 10 de enero de 2007 en el horario de España Peninsular, Francia, Italia en el libro de visitas de El Estado Soberano de Hezpenya. Solo se considerara como aceptada si viene ya con la firma de las autoridades adecuadas de su cibernacion. En caso de no responderse o rechazarse se sera mas duro en otras negociaciones. La tardanza en la respuesta o tramitacion a esta muy generosa oferta nunca sera achacable al Gran Reino de Riboalte que solo actua de intermediario por su gran amistad con El Estado Soberano de Hezpenya, su gran magninimidad y sabiduria de su monarca.
Tratado de Paz y de Compromiso de Contacto Diplomatico entre El Estado Soberano de Hezpenya y República de Naiscenssé i Naixent ::
Se acuerda que:
1-República de Naiscenssé i Naixent reconoce sus errores ante El Estado Soberano de Hezpenya.
2-El Estado Soberano de Hezpenya acepta las disculpas publicas de República de Naiscenssé i Naixent..
3-El Estado Soberano de Hezpenya reconoce la existencia de República de Naiscenssé i Naixent:, se compromete a tener contactos diplomaticos y colocarla en su lista diplomatica de la web. La República de Naiscenssé i Naixent: se compromete a respetar escrupulosamente en todos los sentidos al Estado Soberano de Hezpenya y a sus micronaciones amigas de El Reino de Riboalte y El Imperio Legítimo de Vicea; tambien colocara a El Estado Soberano de Hezpenya en su lista diplomatica de la web.
4-Durante los primeros 60 dias de este Tratado bastara para retirarse de este Tratado avisar por medio de un correo electronico con 72 horas de antelacion a la otra parte salvo en lo escrito en la clausula 1 y cuyo incumplimiento por parte de La República de Naiscenssé i Naixent: supondra la denuncia inmediata de este Tratado. Pasado los 60 dias este plazo sera de 6 dias el plazo de aviso. El Texto de este Tratado sera colocado de forma integra, legible, en letra grande, en castellano y en un lugar destacado en la web de las dos cibernaciones durante un periodo minimo de 60 dias.
Clausula 1:Este tratado entrara en vigor el 14 de enero y estara superditado a que República de Naiscenssé i Naixent: firme Tratados similares con El Reino de Riboalte y El Imperio Legítimo de Vicea en un periodo maximo de 10 dias desde la entrada en vigor de este Tratado .
FIRMAS"

Firmado por el Gobernador provisional de la República de los Estados Soberanos de Naiscenssé i Naixent,
Andreu de Antal·tul·lia.
En representación del Gobierno provisional y de todos los Gobiernos venideros de la República, que ratificarán perpetuamente dicho tratado.





-- Su Alta Excelencia:B.Z.VicenteGran Imperator (y demás Títulos) Constitucional de EL Estado Soberano de Hezpenya.

No hay comentarios: